En el Pleno extraordinario de este martes 30 de Septiembre he planteado las siguientes enmiendas
ENMIENDAS
AL PUNTO SEGUNDO: PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA LA
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES DE RECOGIDA
DOMICILIARIA DE BASURA, LIMPIEZA VIARIA, MANTENIMIENTO DE SOTERRADOS
Y OTROS ANÁLOGOS DE LA VILLA DE SANTA BRÍGIDA.
I.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
1.-
NADA DE TRANSPARENCIA.
Este
Punto SEGUNDO del Orden del Día del Pleno Extraordinario del 30 de
septiembre de 2014, por el volumen financiero que compromete, es uno
de los asuntos más importantes de cualquier Sesión Plenaria de
nuestro Ayuntamiento. EL Grupo de Gobierno nos lo entrega para su
estudio, con sólo dos días hábiles y el sábado de en medio. Es
una práctica habitual de este gobierno del PP, dar poco tiempo a la
Oposición para que, así, no logre un conocimiento global y
detallado del tema en cuestión, tras haberlo estudiado y
consultado debidamente. Llegamos pues al momento en que tenemos que
decidir sobre este ASUNTO FUNDAMENTAL que para nosotros resulta
oscuro y CARENTE DE TRANSPARENCIA.
Y
DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
La
gestión de LA LIMPIEZA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL tenía que haberse
trabajado con un amplio despliegue de la PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Desde hace mucho tiempo tenía que haberse puesto a trabajar este
tema el Consejo Municipal de Participación Ciudadana. Al menos
cuando se inicia el trámite en el Pleno del pasado 24 de abril, los
vecinos, que son los que tienen un contacto directo, inmediato y
permanente con la limpieza de las calles y la recogida de la basura,
tenían que haber conocido las primeras previsiones del Gobierno
Municipal y haber hecho sus aportes a las mismas. Esto es muy difícil
que lo haga este Gobierno; lo que a Hueva Canarias no impide
reclamarla, como mejor método para hacer las cosas bien. Por lo que
las decisiones que hoy tomemos al respecto estarán viciadas y por lo
que lo más recomendable sería retrasar la presente propuesta hasta
que los VECINOS, A TRAVÉS DE SUS ÓRGANOS REPRESENTATIVOS, hayan hecho
sus aportaciones.
2.-
CARENCIA DE EVALUACIÓN PÚBLICA.
En
EL CONTRATO que INCLUYE LOS PLIEGOS EAJP Y LAS PTP, La concesionaria
se compromete a realizar un trabajo detallado a lo largo de todo el
año. En los 4.1 y 4.3 de las PTP: “ Prestar el Servicio con la
calidad exigida y con estricta sujeción a lo exigido en la
documentación contractual”. Los vecinos del Centro Urbano nos
pueden decir con firmes afirmaciones si ha habido un BALDEO cada
semana, los de Núcleos Poblacionales si ha habido BARRIDO 2 V/S Y
baldeo 1 V/M y los de zonas rurales y poblaciones diseminadas BARRIDO
1 V/M y BALDEO 1 V /cada 2 M. Es un ejemplo sencillo de lo que
tenían que haber hecho. Debe aplicarse en la baremación de las
proposiciones algún procedimiento de manera que se tenga en cuenta
el nivel de cumplimiento de la empresa que fue contratada en el
período vigente. Podemos asumir que la basura se recogía según
estaba establecido, pero en cuanto a la limpieza viaria los
incumplimientos están a la vista de todos. En el contrato se exige
que se hagan los debidos informes sobre el trabajo realizado. Pero no
los han dado a conocer y lo que sabemos es lo que hemos visto. Por
tanto contamos con una seria dificultad para contratar a la misma
empresa de esta etapa que se acaba.
3.-
EVALUACIÓN EN LOS INDICADORES DE BAREMACIÓN.
En
los Pliegos de las CEAP en el punto 12, según el art. 80 del TRLCAP
se establece la forma de adjudicación en los siguientes términos:
Para el Contrato en vigor.
- Calidad Técnica del Proyecto de Explotación: 55 puntos.
- Medios Materiales Ofertados: 20 puntos.
- Precio Ofertado: 15 puntos.
- Número y Cualificación del Personal 5 puntos.
- Plazos de Puesta en Marcha 5 puntos.
Criterios
para la Adjudicación del Próximo Contrato:
- Menor Precio: 65 puntos.
- Mejoras en aportaciones sin coste para Ayto 15 puntos.
- Mej. En Niveles y Frecuen. En Recog Residuos 15 puntos.
- Mej. En Niveles y Frecuen. En limpieza viaria 15 puntos.
- En Limpieza de contenedores soterrados 5 puntos.
Son
Criterios muy diferentes. El cambio requiere una explicación que, en
ningún caso, se da. El Técnico redactor de las CEAP debe dar esta
explicación y su vinculación con el art. 80 del TRLCAP.
En
cualquier caso nos parecen mejor los criterios del presente
expediente. Sin embargo el actual expediente en este punto debiera
corregirse, reduciendo ligeramente el menor preció y aumentando las
mejoras sin coste y las de la limpieza viaria.
3.
TIPO MÁXIMO DE LICITACIÓN:
Extraigo
de los dos expedientes los siguientes datos, en anualidades, IGIC
incluido .
- Pliegos de CEAJP DE 2006: 1. 200. 000, 00 €
- Pliegos de CEAJP DE 2013: 1. 289. 237, 91 €
En Los Pliegos del actual Expediente se dice: Se fija
como Plazo del Contrato Concesional el de 5 años y será
prorrogado, por mutuo acuerdo por anualidades sucesivas, con el
límite máximo de tres. Se añade también: El Tipo Máximo de
Licitación, incluidas sus posibles prórrogas, la cantidad de
9.639.154,48 excluido el IGIC; 1.204.894,31euros anuales, sin IGIC.
No entiendo por qué nos obligamos a los años de prórroga con esa
expresión de “serán prorrogados”, debiendo decir prorrogables;
tampoco se entiende tampoco se entiende por qué se da el valor
económico global incluyen los años de prórroga. Si sólo se
contasen los cinco años del Plazo el monto total sería de 6.
024.471,55 euros, de manera que así nuestras cuentas estarían menos
afectadas. A no ser que Intervención tenga algún requisito legal.
Por otra parte, en los años de crisis que estamos debiéramos
contraer compromisos cortos, por si la cosa cambia, y en la propuesta
debemos tender a la baja, tal como hemos hecho en otras ocasiones,
por ejemplo en los CONTRATOS DE AYUDA A DOMICILIO.
4.
EL TÉCNICO EN LA MESA DE CONTRATACIÓN.
Es
algo INSÓLITO EN LA PRÁCTICA DE LAS MESAS DE Contratación, al
menos en el presente mandato. Al menos durante lo que llevamos en el
actual mandato, según mi propia experiencia, siempre ha habido
TÉCNICOS, uno o más de uno, sin considerar que sus documentos
tengan que afectar negativamente al acuerdo que se tome. Si tal
afección negativa existiese, todas las Mesas hasta ahora celebradas
estarían viciadas de este mal. Pero, además, la presencia del
TÉCNICO que firma las PTP es necesaria aunque sea porque debe
aclarar las preguntas que alguno nos haremos ante asunto tan
importante. Mucho más, siendo el Director del Servicio con el
contrato vigente y el redactor de las PTP del expediente de 2006. Lo
peor de todo es que no se dan explicaciones por parte de quien
aprueba la composición de la MESA. Cuando se produce una exclusión
de estas características sin explicación convincente de quien debe
darlas, produce como algo normal la conjetura y la sospecha. CABE
SUPONER, ADEMÁS, QUE LA VALORACIÓN TRAS LA PRIMERA MESA DE LAS
PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LAS EMPRESAS CANDIDATAS TENDRÁ QUE
SER REALIZADA POR EL MISMO REDACTOR DE LAS PTP.
5.
NECESIDAD DE UNA PRÓRROGA.
El
Contrato en vigor contempla la posibilidad de dos prórrogas.
Debiéramos tender a sólo una, aunque ello se produzca en in año
electoral; y tal vez, precisamente por eso porque el nuevo gobierno
empezaría con una nueva tarea, preparada previamente por el actual
desde abril de 2015, Para ello sería necesario anular el actual
acuerdo del Pleno Ordinario del 24 de Abril en el que “se declara
la necesidad de gestionar indirectamente el servicio” y cualquier
otro tipo de acuerdo para que sea suspendido el actual proceso de
contratación del Servicio de LIMPIEZA. Hay importantes razones para
ello:
- Se puede hacer porque está previsto.
- Sería la gran oportunidad de realizar un verdadero despliegue para la participación ciudadana y trabajar en el tema ciudadanos, técnicos y políticos.
- Sería el momento para realizar una valoración lo más objetiva posible, de cómo ha funcionado el CONTRATO EN VIGOR, al menos en los cuatro últimos años.
- También sería el momento de REPENSAR si lo que más nos conviene es el actual tipo de gestión o sería preferible3 para los intereses de la CIUDADANÍA la gestión directa. Se suele decir que estos servicios como mejor funcionan es con la gestión indirecta. Es el reconocimiento de parte de algunos gestores públicos de su incapacidad. Sin embargo, otros creemos que la gestión directa es la que puede encontrar los mejores GESTORES Y OBTENER LOS MEJORES BENEFICIOS SOCIALES Y SU ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA.
- Sería también el momento de ponernos a disposición de los restantes municipios de la Mancomunidad para MANCOMUNAR ESTE SERVICIO, buscando la máxima rentabilidad.
II.-
ENMIENDAS.
- Entregar los Pliegos de CEAJP Y PTP a Consejo Municipal de Participación Ciudadana, para que consulten a las asociaciones miembros su opinión sobre el nivel de cumplimiento del Contrato Vigente y sobre todo el articulado de los PLIEGOS, para que sean tenidas en consideración antes de que este expediente sea aprobado por el Pleno.
- Constatar la evidencia de que la Empresa Concesionaria ha tenido defectos importantes principalmente en los aspectos del BARRIDO Y BALDEO, de manera que en Las PTP se incluya una minoración en el resultado de la baremación según la valoración que se haga de tales deficiencias.
- En los criterios de valoración de las proposiciones establecer una nueva cuantificación de los valores: Bajar a 60 los de Menor Precio, a 10 los de Recogida de Residuos y subir a 25 los de Limpieza Viaria.
- En cuanto a los Plazos del contrato cambiar el texto en los siguientes términos: Plazo de cinco años, prorrogable en dos más, por mutuo acuerdo, computándose las anualidades en xxx en los cinco años, sin incluir los prorrogables.
- Incluir en la Composición de la Mesa de Contratación al FUNCIONARIO TÉCNICO QUE LE CORRESPODA QUIEN SERÁ AL QUE CORRESPONDA REALIZAR LA VALORACIÓN DE LAS DISTINTAS PROPOSICIONES PARA EL INFORME NECESARIO DE LA SEGUNDA MESA.
- Abrir expediente para dejar sin efecto el acuerdo correspondiente al asunto en cuestión del Pleno Ordinario del 24 de Abril de 2014, y todos los que de él provengan, incluyendo el punto SEGUNDO DEL PRESENTE Pleno.
No hay comentarios:
Publicar un comentario