lunes, 12 de diciembre de 2011

EL ALCALDE Y EL RESTO DE MIEMBROS DE LA CORPORACION DEBEN RESPETAR Y DEFENDER LA LIBERTAD DE EXPRESION Y ARCHIVAR EL EXPEDIENTE SANCIONADOR NUMERO O1/11 INCOADO a D. DANIEL LÓPEZ GARCÍA COMO PRESUNTO PROMOTOR DE LA COLOCACION DE LOS CARTELES DEL MOVIMIENTO INDIGNADOS 15 M.

 Hoy he presentado en el registro cuatro mociones para su inclusión en el Orden del día del Pleno Ordinario de esta mes de Diciembre. Las mociones tienen que ver con la necesidad de encargar una auditoría externa a la Sociedad Municipal de Deportes y de la Radio, sobre  la redacción del proyecto del Plan Especial  PT19 y el Túnel de la Grama, iniciar el expediente de  anulación de la licencia de barrera en la Urbanización Monte Bravo y  sobre respetar y defender el derecho a "La libertad de expresión y decretar el archivo del expediente sancionador nº 01/11 incoado a D. Daniel López Gárcia como presunto promotor de la colocación de los carteles del Movimiento 15 M de Santa Brígida.
 
Mañana ,martes 13 están convocadas varias comisiones informativas previas al pleno. En la que soy miembro , la de Hacienda, se incluyen por parte de la mayoría de gobierno del PP varios asuntos entre los que cabe destacar : 1.- Los Presupuestos  2012, 2.- Tasa de basura y tasa de velatorio, ya les comentare mañana las antipopulares propuestas del PP, en cuanto termine la Comisión.

Este es el Resumen del texto de una de las  Mociónes  que he presentado

EL ALCALDE Y EL  RESTO DE  MIEMBROS DE LA CORPORACION DEBEN RESPETAR Y DEFENDER  LA LIBERTAD DE EXPRESION Y ARCHIVAR EL EXPEDIENTE SANCIONADOR NUMERO O1/11 INCOADO a D. DANIEL LÓPEZ GARCÍA  COMO PRESUNTO PROMOTOR DE LA COLOCACION DE LOS CARTELES DEL MOVIMIENTO INDIGNADOS 15 M.


...Los representantes institucionales, los políticos, aunque no estemos de acuerdo con las opiniones o criticas que otros nos hacen, tenemos que saber aceptarlas. Los representantes institucionales tenemos obligación de encajar las críticas que nos hacen y deben servirnos para corregir nuestro comportamiento en nuestras relaciones con los ciudadanos. Respetar la libertad de los demás a decir cualquier cosa, por más ofensiva que la consideremos, es respetar nuestra propia libertad de palabra. El único límite a este principio fundamental debe ser el proporcionado por los tribunales de justicia.


El Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida es el representante Institucional de todas y todos los vecinos, le hayan votado o no, y como tal debe comportarse, cumpliendo y velando por que se cumplan los derechos fundamentales que se recogen en la Constitución y en la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, no coartando el derecho a LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN de un movimiento ciudadano como el del 15 M, que todos sabemos que no tiene representantes. La sanción de 750 € que se intenta imponer a uno de los miembros del mismo, desestimando de plano y sin motivación en derecho alguna las alegaciones presentadas, parece más que responde a una presunta persecución personal a la Asamblea de Indignados 15M Santa Brígida, pues no se ha acreditado que se haya infringido la Ordenanza de Limpieza incurriendo en las infracciones tipificadas en esta.

Al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida no le gusta ni la transparencia, ni la participación, ni la pluralidad, además en los años que ha presidido la Corporación nos ha demostrado en reiteradas ocasiones su talante antidemocrático, presionando y descalificando a los distintos grupos, asociaciones, o concejales de este Ayuntamiento, pero ahora se sanciona con 750€ a un ciudadano por pertenecer a un movimiento como el 15 M. Así, a través de esa sanción a uno de los miembros de la Asamblea de Indignados 15M Santa Brígida se está intentando coartar el derecho a la LIBERTAD DE EXPRESIÓN del colectivo en su conjunto, hecho que ha de ser firmemente censurado por la Instución a la que pertenezco como Concejal y que por higiene democrática ha de corregirse de forma inmediata y sin dilación alguna.


Por eso propongo al Pleno, la aprobación de los siguientes acuerdos:

1- EL ALCALDE Y RESTO DE MIEMBROS DE ESTA CORPORACIÓN DEBEMOS RESPETAR Y DEFENDER LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y ADEMÁS VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE ESTE DERECHO DEMOCRÁTICO.


2.- DECRETAR EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR NUMERO O1/11 INCOADO a D. DANIEL LÓPEZ GARCÍA COMO PRESUNTO PROMOTOR DE LA COLOCACIÓN DE LOS CARTELES DEL MOVIMIENTO INDIGNADOS 15 M.

No hay comentarios: